{"id":192735,"date":"2026-04-24T13:39:19","date_gmt":"2026-04-24T16:39:19","guid":{"rendered":"https:\/\/gysfm.com.ar\/inicio\/la-evasion-segun-milei-perfil\/"},"modified":"2026-04-24T13:39:19","modified_gmt":"2026-04-24T16:39:19","slug":"la-evasion-segun-milei-perfil","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gysfm.com.ar\/inicio\/la-evasion-segun-milei-perfil\/","title":{"rendered":"La evasi\u00f3n seg\u00fan Milei | Perfil"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div id=\"article-content\">\n<p>Hace pocos d\u00edas el presidente de la Naci\u00f3n brind\u00f3 una entrevista a<strong> Ramiro Casti\u00f1eira y Antonio Aracre<\/strong> para el programa <em>Economista,<\/em> que se emite por la TV P\u00fablica. Naturalmente, la palabra de quien reviste como titular del poder ejecutivo nacional fue y es, por el inter\u00e9s p\u00fablico que reviste, objeto del escrutinio de los comunicadores y de la opini\u00f3n p\u00fablica. <\/p>\n<p>Como era previsible, la entrevista a un hombre en ejercicio de la presidencia nacional, formado en econom\u00eda, entrevistado por dos economistas, para un programa de econom\u00eda y, sobre todo, porque la econom\u00eda est\u00e1 atope de ranking de las preocupaciones de los argentinos, se focaliz\u00f3 en su gran mayor\u00eda en materia econ\u00f3mica. <\/p>\n<p>Casi promediando la entrevista, y mientras el presidente de la Naci\u00f3n reiteraba que no modificar\u00eda el \u201cprograma\u201d econ\u00f3mico (aludiendo expresamente que mantendr\u00eda el ajuste y la \u201cmotosierra\u201d), Antonio Aracre le pregunt\u00f3, \u201c\u2026cuando tuvimos esa incertidumbre electoral, en agosto, septiembre, octubre, cayo mucho la demanda de dinero, hubo un gran porcentaje de dolarizaci\u00f3n\u2026\u201d (el presidente lo interrumpi\u00f3 y cuando Antonio Aracre retoma la pregunta, agrega el entrevistador) \u201c\u2026en alg\u00fan momento \u00bfno deber\u00edamos blindar ese proceso con una dolarizaci\u00f3n? &#8230;\u201d. <\/p>\n<div class=\"subscription\">\n<p>\n        Esto no les gusta a los autoritarios\n    <\/p>\n<div class=\"subscription__container\">\n<div class=\"subscription__text-wrapper\">\n<p>\n                El ejercicio del periodismo profesional y cr\u00edtico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los due\u00f1os de la verdad.\n            <\/p>\n<\/p><\/div><\/div>\n<\/div>\n<h2>La evasi\u00f3n seg\u00fan Milei<\/h2>\n<p>Seguidamente el primer mandatario comienza a responder y sostiene \u201c\u2026hay otra cosa que yo omit\u00ed decirla (\u2026) el tema de la actividad econ\u00f3mica (\u2026) la actividad econ\u00f3mica sufri\u00f3 por esto [con relaci\u00f3n a la ca\u00edda de la demanda de dinero que mencion\u00f3 Antonio Aracre] que tiene que ver con parte delos reclamos de los gobernadores, que dicen \u2018\u00bfc\u00f3mo?, el PBI se expande y a m\u00ed la recaudaci\u00f3n me cae\u2019 (\u2026) \u00bfqu\u00e9 es lo que est\u00e1 pasando?, es como que aument\u00f3 la evasi\u00f3n y hay que entenderlo eso, porque tambi\u00e9n explica porque se desaceler\u00f3 la actividad, porque la gente sufre\u2026\u201d. <\/p>\n<p class=\"destacadoNota\"><a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/canal-e\/ley-de-inocencia-fiscal-a-partir-de-que-montos-la-evasion-impositiva-es-considerada-delito-penal.phtml\">Ley de Inocencia Fiscal: a partir de qu\u00e9 montos ahora la evasi\u00f3n impositiva es considerada delito penal<\/a><\/p>\n<p>Corresponde se\u00f1alar que, m\u00e1s adelante en la entrevista, el presidente de la Naci\u00f3n explica desde un an\u00e1lisis econ\u00f3mico que los contribuyentes, en momentos de crisis, priorizan ciertos \u201c<strong>gastos<\/strong>\u201d entre los que no se encuentra el pago de impuestos.Recurri\u00f3 una pregunta ret\u00f3rica como ejemplo en cuanto acu\u00e1l ser\u00eda la prioridad de alguien que en su casa no puede afrontar todos sus gastos, si priorizar\u00e1 pagar impuestos o comer. El tema es que esto \u00faltimo, en rigor de verdad, no es evasi\u00f3n sino falta de pago, que es muy distinto a evasi\u00f3n.<\/p>\n<p>Am\u00e9n de la diferencia entre evasi\u00f3n y falta de pago de tributos, lo que resulta relevante es que el titular del ejecutivo sostuvo expresamente, de cara a la opini\u00f3n p\u00fablica, que el sufrimiento de la <strong>actividad econ\u00f3mica <\/strong>y de \u201cla gente\u201d tienen como una de sus causas a la <strong>evasi\u00f3n tributaria<\/strong>. Y esto resulta relevante no s\u00f3lo porque es sostenido por el presidente de la Naci\u00f3n sino, principalmente, porque es el mismo presidente que en el pasado sostuvo p\u00fablicamente, palabras m\u00e1s palabras menos, que los evasores eran \u201ch\u00e9roes\u201d que hab\u00edan escapado de un estado opresor al que, nuevamente palabreas m\u00e1s palabras menos, calific\u00f3 como \u201c<strong>ladr\u00f3n<\/strong>\u201d. <\/p>\n<p>En ese contexto tambi\u00e9n fue un f\u00e9rreo defensor de las amnist\u00edas fiscales (popularmente conocidas como blanqueos), incluso dejando entrever, ante preguntas y repreguntas de su entrevistador que suger\u00edan que all\u00ed podr\u00edan ingresar bienes de cualquier origen (v.gr. narcotr\u00e1fico, trata de personas, tr\u00e1fico de armas, etc.), que no le importaba el origen de los bienes refugiados en el blanqueo. <\/p>\n<p>Nadie est\u00e1 exento de cambiar de opini\u00f3n. Pero hubiese contribuido al entendimiento de la opini\u00f3n p\u00fablica determinar si el presidente de la Naci\u00f3n cambi\u00f3 de opini\u00f3nrespecto de la <strong>evasi\u00f3n tributaria<\/strong>, o no dimensionalo que implica su expresi\u00f3n. Si la evasi\u00f3n tributaria castiga a la econom\u00eda y a la \u201cgente\u201d, como el sostiene, \u00bfpor qu\u00e9 se la incentiva y beneficia desde su gobierno? (justo es decir no ha sido el \u00fanico gobierno que ha incentivado y beneficiado la evasi\u00f3n tributaria en nuestro pa\u00eds).<\/p>\n<p>Existe un grave problema pol\u00edtico criminal en materia de delitos tributarios en nuestro pa\u00eds; una contradicci\u00f3n flagrante entre la dimensi\u00f3n \u00f3ntica y la dimensi\u00f3n de\u00f3ntica del fen\u00f3meno evasor. La evasi\u00f3n tributaria es perjudicial en todas sus dimensiones, pero, en determinadas condiciones es, adem\u00e1s,categorizada como delito, calific\u00e1ndola de esa manera como el nivel m\u00e1s alto de perjuicio y por ende merecedor del m\u00e1ximo rigor de consecuencia legal. <\/p>\n<p>Es decir, es un comportamiento que afecta un bien de alta relevancia para el inter\u00e9s p\u00fablico (recursos financieros del Estado) y, en determinada intensidad da\u00f1osa a dicho bien, precisa de las consecuencias jur\u00eddicas m\u00e1s duras del ordenamiento legal, como se dijo, las penas propias del derecho penal, en especial la de prisi\u00f3n, raz\u00f3n por la cual se la ha categorizado precisamente como <strong>delito <\/strong>en determinadas circunstancias. <\/p>\n<h2>Premio a los evasores<\/h2>\n<p>Pero, en paralelo, se premia a los evasores con leyes de blanqueo recurrentes, donde incluso desde alg\u00fan sector de la sociedad se critica lo caro de algunos de los blanqueos cuando se emplean al\u00edcuotas tributarias por encima del 10 o 15% sobre el monto que se blanquea (es decir el monto evadido), que terminan siendo m\u00e1s bajo que las que afrontan los contribuyentes cumplidores.<\/p>\n<p>Ahora bien, en otros pa\u00edses los blanqueos han sido herramientas excepcionales (v.gr. B\u00e9lgica, Alemania, Australia, Estados Unidos, Italia, Grecia, Portugal, Espa\u00f1a, entre otros) pero en el nuestro, resultan tan habituales que hay quien ha dicho por ah\u00ed que \u201c\u2026un blanqueo no se le niega a ning\u00fan presidente\u2026\u201d. A este presidente no s\u00f3lo no se le neg\u00f3 un blanqueo, sino que, al momento (a poco m\u00e1s de dos a\u00f1os de gobierno), ya se le han facilitado dos (v.gr. ley 27.743 y ley 27.799).<\/p>\n<blockquote>\n<p><a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/columnistas\/dolares-deuda-y-blanqueo-como-se-rompio-la-relacion-entre-economia-y-los-bancos-por-carlos-burgueno.phtml\">Se premia a los evasores con leyes de blanqueo recurrentes; en otros pa\u00edses los blanqueos han sido herramientas excepcionales<\/a><\/p>\n<\/blockquote>\n<p>Es as\u00ed comolos blanqueos, percibidos claramente como \u201cpremios\u201d al fen\u00f3meno que afecta la actividad econ\u00f3mica y hace sufrir a \u201cla gente\u201d(la evasi\u00f3n tributaria), es una herramienta habitual de todos nuestros gobiernos, desde la vuelta de la democracia. <\/p>\n<p>Desde 1987 a la fecha se aprobaron en nuestro pa\u00eds 8 blanqueos (en el gobierno de Ra\u00fal Alfons\u00edn en 1987, en el gobierno de Carlos Menen en 1992, en el gobierno de Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner en 2008 y en 2013, en el gobierno de Mauricio Macri en 2016, en el Gobierno de Alberto Fern\u00e1ndez en 2022 y en el gobierno de Javier Milei en 2024 y en 2025). <\/p>\n<p>En casi 36 a\u00f1os (febrero de 1987 \u2013 diciembre 2025) tenemos, en promedio, un blanqueo cada 4 a\u00f1os y medio, pero apreci\u00e1ndose que el espacio temporal entre los blanqueos se achica cada vez m\u00e1s. Incluso el \u00faltimo blanqueo, el instaurado mediante el <strong>R\u00e9gimen Simplificado de Ganancias de la ley 27.799<\/strong>, trae como novedad su potencial permanencia mientras el instituto no sea modificado o derogado, lo que con los blanqueos anteriores no ocurr\u00eda ya que ten\u00edan vigencia temporal definida en las leyes que los instituyeron.\u00bfLos evasores son \u201ch\u00e9roes\u201d que lograron escapar de las garras del Estado, o \u00e9ste los deja escapar, los \u201cpremia\u201d, pese a que las acciones de aquellos afectanla actividad econ\u00f3mica y hacen sufrir a \u201cla gente\u201d?<\/p>\n<p>Sin embargo, no s\u00f3lo los blanqueos constituyen un incentivo a la evasi\u00f3n; la pol\u00edtica criminal en materia de delitos tributarios viene, desde hace mucho, siendo funcional a la misma. El punto de partida, desde el \u00e1mbito pol\u00edtico criminal tributario, es el de decidir de una vez por todas, en sentido material, si la evasi\u00f3n es un fen\u00f3meno perjudicial por controlar, combatir e intentar erradicar, o tolerable en funci\u00f3n de las necesidades econ\u00f3mico-financieras (de \u201ccaja\u201d) del Estado. <\/p>\n<p>Si nos inclinamos por la primera opci\u00f3n, adem\u00e1s habr\u00e1 de decidirse si ese control del fen\u00f3meno precisa el auxilio del Derecho penal o alcanza con el \u00e1mbito infraccional administrativo (interese y multas para los evasores, pero no penas de prisi\u00f3n). <\/p>\n<p>Lo que no procede desde la l\u00f3gica m\u00e1s elemental es inclinarse por la primera opci\u00f3n, requerir el auxilio del Derecho penal y luego premiar a los evasores con ventajas econ\u00f3mico-financieras, incluso mejores que para los contribuyentes que cumplieron en tiempo y forma, y adem\u00e1s garantizar la impunidad.<\/p>\n<h2>Evasi\u00f3n y sufrimiento de la gente<\/h2>\n<p>Lamentablemente esto es lo que viene ocurriendo en nuestro pa\u00eds desde hace a\u00f1os. En este contexto, si la evasi\u00f3n es la causante del sufrimiento de la actividad econ\u00f3mica y de \u201cla gente\u201d, \u00bfde qu\u00e9 manera podr\u00eda exigirle a los evasores el cumplimiento de sus obligaciones fiscales si los \u201cpremi\u00f3\u201d frente al incumplimiento y el sufrimiento infligido a la econom\u00eda y \u201cla gente\u201d?<\/p>\n<p>Si bien las expresiones del presidente de la Naci\u00f3n, propiciadas en la nota referida antes, y pese al esfuerzo del primer mandatario de ofrecer una alocuci\u00f3n de car\u00e1cter cient\u00edfico &#8211; acad\u00e9mico capaz de demostrar dominio de la [complej\u00edsima] situaci\u00f3n, s\u00f3lo evidencian un \u201c<strong>cambalache ideol\u00f3gico<\/strong>\u201d en materia de pol\u00edticas p\u00fablicas, en una rep\u00fablica con instituciones s\u00f3lidas la cuesti\u00f3n no deber\u00eda preocupar. <\/p>\n<p>El problema es que, en el estado actual de nuestras instituciones, el cambalache no es solamente en las ideas sobre la pol\u00edtica p\u00fablica de una persona, sino que se trata de un \u201ccambalache en la pol\u00edtica p\u00fablica de la rep\u00fablica\u201d. <\/p>\n<p>La pol\u00edtica criminal en materia de delitos tributarios [evasi\u00f3n] no es responsabilidad exclusiva del titular del Poder Ejecutivo. El Poder Legislativo y el Poder Judicial tambi\u00e9n tienen su cuota de responsabilidad.<\/p>\n<p>\u00bfQui\u00e9n define la pol\u00edtica criminal de un pa\u00eds? Si el titular del Poder Ejecutivo es, en nuestro medio y seg\u00fan nuestra Constituci\u00f3n Nacional, el responsable pol\u00edtico de la administraci\u00f3n general del pa\u00eds, sin dudas a \u00e9ste le cabe una gran cuota de responsabilidad. <\/p>\n<p>Sus ministros, que tambi\u00e9n intervienen en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas como auxiliares del jefe de Estado, tambi\u00e9n tienen cuota de responsabilidad; por lo menos aquellos ministros titulares de carteras donde tiene relevancia la pol\u00edtica criminal. <\/p>\n<p>El Poder Legislativo, atento a que la materia penal est\u00e1 expresamente excluida de la actividad legislativa del poder ejecutivo (v.gr. Decretos y D.N.U.), es un actor insoslayable, ya que toda la materia penal debe ser consagrada por ley en sentido formal (y material). <\/p>\n<p>Y, el Poder Judicial (se incluyen aqu\u00ed los representantes del Ministerio P\u00fablico Fiscal), como \u00f3rgano exclusivo de resoluci\u00f3n de los casos concretos, tambi\u00e9n. No se agota aqu\u00ed la lista, pero sin dudas son los mencionados precedentemente los m\u00e1s relevantes actores de la pol\u00edtica criminal.<\/p>\n<p>En ese contexto, como ya se adelant\u00f3, existen comportamientos que, en determinadas circunstancias, por la relevancia de afectaci\u00f3n (perjuicio) al bien que se pretende proteger (la hacienda p\u00fablica -recursos financieros del Estado-) se los categoriza como delitos para ser sometidos al ordenamiento jur\u00eddico (Derecho penal) que prev\u00e9 las consecuencias jur\u00eddicas m\u00e1s r\u00edgidas de nuestro Estado de Derecho; las penas (de <strong>prisi\u00f3n <\/strong>especialmente, <strong>multa <\/strong>y\/o inhabilitaci\u00f3n).<\/p>\n<p>El criterio para determinar qu\u00e9 circunstancias determina la intervenci\u00f3n del poder punitivo del Estado ha sido hist\u00f3ricamente el de intervenir frente a las grandes evasiones. Pero \u00bfqu\u00e9 es una gran evasi\u00f3n? Nuestros legisladores han entendido que ese criterio deb\u00eda establecerse, entre otros elementos, por la magnitud del da\u00f1o causado al bien protegido legalmente, el cual decidieron medirlo en sumas de dinero de moneda de curso legal en nuestro pa\u00eds (el peso). <\/p>\n<p>Como una de las funciones del dinero fiat (el <strong>peso<\/strong>) es la funci\u00f3n de unidad de cuenta, los procesos inflacionarios, con asistencia casi perfecta en nuestra historia, alteran la capacidad de medici\u00f3n del dinero; ergo, lo que antes era una gran evasi\u00f3n medida en nuestra moneda, pocos a\u00f1os despu\u00e9s pas\u00f3 a ser una evasi\u00f3n que en aquel entonces era peque\u00f1a. <\/p>\n<p class=\"destacadoNota\"><a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/nea\/taiana-sobre-la-inocencia-fiscal-nos-transforma-en-un-paraiso-del-lavado-de-dinero-sucio.phtml\">Taiana sobre la \u00abInocencia Fiscal\u00bb: \u00abNos transforma en un para\u00edso del lavado de dinero sucio\u00bb<\/a><\/p>\n<p>Consecuencia, cada vez son m\u00e1s los sujetos potencialmente alcanzados por el poder punitivo, tornando as\u00ed irracional y desproporcionado el poder punitivo del Estado, dado que no s\u00f3lo ser\u00e1n alcanzados por las penas los grandes evasores (v.gr. los econ\u00f3micamente poderosos) sino tambi\u00e9n los econ\u00f3micamente vulnerables.<\/p>\n<p>Para contrarrestar ello, existe un mecanismo por todos conocidos popularmente como \u201cactualizaci\u00f3n\u201d. El problema, es que, en el Derecho penal, cualquier modificaci\u00f3n de la ley debe ser valorada a la luz del c\u00e9lebre principio de legalidad, consagrado constitucionalmente. <\/p>\n<p>Ergo, am\u00e9n de que el legislador actualice la nominalidad de los montos dinerarios para mantener la equivalencia real de los mismos y s\u00f3lo perseguir grandes evasores y no peque\u00f1os y medianos, la doctrina cuasi un\u00e1nime de nuestro pa\u00eds, comenzando y finalizando en la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n, entiende que el cambio de nominalidad de las cifras empleadas en la ley implica un cambio que no escapa a la garant\u00eda de legalidad (ley penal m\u00e1s benigna) y con ello quedan fuera del alcance penal muchos de esos comportamientos que, en decires del presidente de la Naci\u00f3n, afectan la actividad econ\u00f3mica y hacen sufrir a \u201cla gente\u201d.<\/p>\n<p>Dicho m\u00e1s sencillo. Si la ley prev\u00e9 que quien evade 10 pesos (imaginemos que ese monto represente, a partir de all\u00ed, las grandes evasiones) merece tal pena de prisi\u00f3n, s\u00f3lo quienes evadan 10 pesos o m\u00e1s ser\u00edan alcanzados por la ley penal (no quienes evadan 9,99 o menos). Si la inflaci\u00f3n pulveriza las funciones del dinero fiat (unidad de cuenta) un fen\u00f3meno extrapenal [inflaci\u00f3n] estar\u00eda modificando la ley impl\u00edcitamente.<\/p>\n<p>Ello por tanto si en determinado momento, con 10 pesos compro 10 manzanas, es gran evasor quien evade esos 10 pesos que equivalen a 10 manzanas. Pero si por la inflaci\u00f3n, tiempo despu\u00e9s, con 10 pesos compro 3 manzanas y la ley no es actualizada, todo aquel que evada 10 pesos ser\u00e1 un gran evasor para la ley, pero si lo midiera en manzanas s\u00f3lo quienes contin\u00faen evadiendo 10 manzanas ser\u00edan grandes evasores, pero nunca el que evadi\u00f3 3 manzanas. <\/p>\n<blockquote>\n<p><a target=\"_blank\" href=\"https:\/\/www.perfil.com\/noticias\/canal-e\/fernanda-laiun-la-ley-de-inocencia-fiscal-actualiza-el-sistema-pero-hay-incertidumbre-por-la-necesidad-de-la-reglamentacion.phtml\">Si la inflaci\u00f3n pulveriza las funciones del dinero fiat (unidad de cuenta) un fen\u00f3meno extrapenal [inflaci\u00f3n] estar\u00eda modificando la ley impl\u00edcitamente\u00bb<\/a><\/p>\n<\/blockquote>\n<p>Como el efecto devastador de la inflaci\u00f3n ha llevado a que terminen alcanzados por la ley penal todo los que evadieron el monto expresado en la ley, independientemente de cuantas manzanas represente en cada momento, el Derecho penal tributario se tornar\u00eda irracional y desproporcionado si no se actualizara. Para ello, el legislador, recurriendo al mecanismo de actualizaci\u00f3n, cambia esos montos, para que ahora la ley diga que la gran evasi\u00f3n es a partir de, por ejemplo, los 20 pesos evadidos (que siguen representando 10 manzanas) y no se mantenga en los 10 pesos (que representan 3 manzanas y no 10, que era el equivalente a una gran evasi\u00f3n, pero medido en manzanas y no dinero). <\/p>\n<p>Hasta aqu\u00ed algo l\u00f3gico y coherente.<\/p>\n<p>No obstante, nuestra tradici\u00f3n doctrinaria jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n, representada principalmente en un c\u00e9lebre caso en la materia, el precedente \u201cPalero\u201d (donde la Corte \u201cadhiere\u201d a la opini\u00f3n del<strong> Procurador General de la Naci\u00f3n<\/strong>) sostuvo que ese cambio de cuant\u00eda dineraria en la ley implicaba que, desde ahora, las grandes evasiones ya no eran las de 10 pesos, sino las de 20 pesos (que eran las equivalentes a 10 manzanas). <\/p>\n<p>Esto, ser\u00eda tambi\u00e9n l\u00f3gico y coherente si ello no implicara que la Corte en esa decisi\u00f3n, dejaba impune (sin pena) a los que hab\u00edan evadido los 10 pesos cuando eran equivalentes a 10 manzanas (no a 3 manzanas), bajo el argumento de que el cambio significaba que el legislador ahora entend\u00eda que la gran evasi\u00f3n eran 20 pesos y no 10 pesos, cuando ese cambio, no en sentido nominal sino real, continuaba equivaliendo a la evasi\u00f3n de 10 manzanas antes y ahora. <\/p>\n<p>Esto criterio de la Corte es tan dif\u00edcil de sostener como aquel de que los jueces (y tambi\u00e9n fiscales, defensores,funcionarios y empleados judiciales y de los ministerios p\u00fablicos) no deben pagar ganancias de la 4ta. categor\u00eda por sus ingresos salariales. <\/p>\n<p>Sin embargo, por dif\u00edcil que sea sostenerlo, para nada es imposible como revela la realidad. Aqu\u00ed, la cuota de responsabilidad del Poder Judicial (y del Ministerio P\u00fablico Fiscal en cabeza de quienes consienten ese criterio y no recurren las decisiones de los tribunales inferiores que aplican ese criterio de la Corte, que para estos \u201cser\u00eda\u201d obligatorio, aunque no es indefectiblemente as\u00ed).<\/p>\n<p>Y el Poder Legislativo, a sabiendas de que existe esa jurisprudencia, podr\u00eda salvar la cuesti\u00f3n aclarando expresamente en la ley que modifica los montos que la modificaci\u00f3nobedece exclusivamente a una mera actualizaci\u00f3n para mantener el criterio diferenciador de las evasiones punibles penalmente en t\u00e9rminos reales, frente a la problem\u00e1tica que impone la inflaci\u00f3n y que por lo tanto no procede considerar ese cambio como cambio de criterio que importa mayor benignidad que hace procedente la aplicaci\u00f3n retroactiva (hac\u00eda atr\u00e1s) de la nueva ley en funci\u00f3n del principio de legalidad;cosa que nunca hizo el Poder Legislativo, al menos en t\u00e9rminos eficaces. Aqu\u00ed, la cuota de responsabilidad del Poder Legislativo. <br \/>El c\u00famulo sucesivo de blanqueos y actualizaciones legislativas, entendidas err\u00f3neamente como modificaciones de valoraci\u00f3n de lo que constituye una evasi\u00f3n punible, dejando impunes muchas de esas evasiones,hacen muy dif\u00edcil aplicar el orden jur\u00eddico penal tributario que se instituyo como decisi\u00f3n pol\u00edtico criminal en defensa del bien de alta relevancia p\u00fablica a proteger (la hacienda p\u00fablica, los recursos financieros del Estado -la \u201ccaja\u201d-), que es en definitivael afectado por la evasi\u00f3n junto a la actividad econ\u00f3mica y por lo que la \u201cgente\u201d sufre seg\u00fan la expresi\u00f3n del presidente. <\/p>\n<p>M\u00e1s a\u00fan, esa situaci\u00f3n de dificultad parece incrementarse en esta gesti\u00f3n del gobierno nacional. Ello, por cuanto al primer blanqueo de esta gesti\u00f3n (<strong>ley 27.743 de junio de 2024<\/strong>) le sucedi\u00f3, a s\u00f3lo un a\u00f1o y medio del anterior, un nuevo \u201cpetit\u201d blanqueo (conforme lo habilita el R\u00e9gimen Simplificado de Ganancias) y una actualizaci\u00f3n de montos en una misma ley (<strong>ley 27.799<\/strong>), algo in\u00e9dito hasta ahora.<\/p>\n<p>Entonces, si la evasi\u00f3n es la que hace sufrir la actividad econ\u00f3mica y a \u201cla gente\u201d \u00bfpor qu\u00e9 se implement\u00f3 la ley 27.799 de la forma en que se lo hizo? <br \/>Acaso, \u00bfel presidente de la Naci\u00f3n prioriz\u00f3 la defensa de los \u201ch\u00e9roes\u201d por sobre el sufrimiento de la actividad econ\u00f3mica y de la \u201cgente\u201d? \u00bfPor qu\u00e9 ahora explica el sufrimiento de la econom\u00eda y de la \u201cgente\u201d como producto, al menos en parte, de la evasi\u00f3n de impuestos, pero desde su lugar la incentiva -o al menos no la condena-? \u00bfNo sab\u00eda que causar\u00eda ese sufrimiento cuando implemento los dos blanqueos y la \u201cdespenalizaci\u00f3n\u201d -indirecta por actualizaci\u00f3n-de miles de evasiones?<\/p>\n<p>En paralelo, incurriendo en m\u00faltiples incumplimientos a compromisos internacionales, la misma pol\u00edtica criminal de nuestro pa\u00eds aprob\u00f3 modificaciones al r\u00e9gimen penal de menores bajando la edad de imputabilidad. <\/p>\n<p>Es indudable que algunos menores despliegan comportamientos que, cuanto menos, causan sufrimiento-muchas veces irreversible- en la \u201cgente\u201d (especialmente las v\u00edctimas y familiares de sus delitos); pero, \u00bfpor qu\u00e9 se flexibiliza,o directamente se extingue, la responsabilidad penal de quienes causan sufrimiento a la econom\u00eda y la \u201cgente\u201d (evasores), pero se endurece la responsabilidad penal de quienes, muchas veces tambi\u00e9n causando sufrimiento en la \u201cgente\u201d, son mucho m\u00e1s vulnerables que aquellos y, probablemente en varios casos, tambi\u00e9n sus v\u00edctimas?<\/p>\n<p>Mientras tanto, \u00bfpor qu\u00e9 el Poder Legislativo y el Poder Judicial, salvo honrosas excepciones que realmente existen, son \u201cc\u00f3mplices\u201d, y en algunos casos \u201ccoautores\u201d, de esto?<\/p>\n<p>Si el presidente de la Naci\u00f3n tiene tan claro, como manifest\u00f3 en la nota referida al inicio, que la evasi\u00f3n es en gran medida responsable del sufrimiento de la actividad econ\u00f3mica y de \u201cla gente\u201d, cosa que parece no tenerse tan en claro en el <strong>Poder Legislativo <\/strong>y en el <strong>Poder Judicial<\/strong>, al menos en apariencia, ser\u00eda esperable un cambio de pol\u00edticas p\u00fablicas en dicho sentido, aunque ello implique volver para atr\u00e1s. En definitiva, la marcha atr\u00e1s tambi\u00e9n es un cambio en la caja de velocidades. Lo que no es esperable, al menos desde el sentido com\u00fan, es que se profundice, se acelere, en el sentido equivocado.<\/p>\n<p>El incentivo a la evasi\u00f3n, flagelo enraizado en nuestra cultura por el cambalache en las pol\u00edticas p\u00fablica de nuestra rep\u00fablica, deslegitima el poder del Estado y atenta contra la dignidad humana y el bien com\u00fan pol\u00edtico. Esto es lo que reconoci\u00f3 expresamente, de cara a la opini\u00f3n p\u00fablica, nuestro presidente, incluso aunque ese no haya sido el sentido en que quiso expresarlo.<\/p>\n<p>En sus manos tiene, desde donde le compete, evitar que eso se profundice; salvo que lo que se quiera es el debilitamiento, tal vez hasta la extinci\u00f3n, del Estado. Y si esto es as\u00ed, los dem\u00e1s \u00f3rganos de poder est\u00e1n llamados a impedirlo, no a convalidarlo. Ello, claro, si se supera el cambalache en las pol\u00edticas p\u00fablicas de nuestra querida Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>Si alguien, en este cambalache, encuentra por all\u00ed pol\u00edticas criminales, pol\u00edticas educativas, pol\u00edticas sanitarias, pol\u00edticas culturales,etc., virtuosas,por favor de aviso inmediato a las autoridades de la Naci\u00f3n, la \u201cgente\u201d que sufre las est\u00e1buscando desesperadamente.<\/p>\n<h4><em>* Consultor especializado en Criminal Compliance (Risk Management &#8211; ISO 37001, 37301, etc.), Prevenci\u00f3n de LA\/FT, Derecho penal econ\u00f3mico y tributario.<\/em><br \/><\/h4>\n<\/p><\/div>\n<p><script>\n                !function(f,b,e,v,n,t,s)\n                {if(f.fbq)return;n=f.fbq=function(){n.callMethod?\n                    n.callMethod.apply(n,arguments):n.queue.push(arguments)};\n                    if(!f._fbq)f._fbq=n;n.push=n;n.loaded=!0;n.version='2.0';\n                    n.queue=[];t=b.createElement(e);t.async=!0;\n                    t.src=v;s=b.getElementsByTagName(e)[0];\n                    s.parentNode.insertBefore(t,s)}(window, document,'script',\n                    'https:\/\/connect.facebook.net\/en_US\/fbevents.js');\n                window.paywallConfig.facebook_pixel=\"1000228364089342\"\n            <\/script><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hace pocos d\u00edas el presidente de la Naci\u00f3n brind\u00f3 una entrevista a Ramiro Casti\u00f1eira y Antonio Aracre para el programa Economista, que se emite por la TV P\u00fablica. 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